Acoso Sexual
¿Quíen es Andy?
¿Qué hace Andy?
¿Por qué recurrir a Andy?
- Te permite mantener tu identidad de manera anónima.
- Permite acceder a información confiable.
- Te brinda información, para que puedas denunciar el HAS
ATRÉVETE A DENUNCIAR, SIGUE LOS SIGUIENTES PASOS.
Tus derechos deben respetarse, ¡atrévete a denunciar, no estás sola!
- Realizar una denuncia formal ante la FELCV (Calle Loayza N°436 entre Calles Potosí y Comercio) y
- Realizar una denuncia formal ante la Oficina del Tribunal de Procesos Universitarios de la UMSA ó
- Presentar una denuncia ante la Unidad de Transparencia de la UMSA (Av. 6 de agosto N°2170, Edificio Hoy Piso 8).
Se garantiza la confidencialidad en todo el proceso de denuncia e investigación, protegiendo la privacidad de las personas involucradas en el incidente mediante prácticas, políticas y herramientas diseñadas para el resguardo de la información sensible.
¿Qué es el Hostigamiento y Acoso Sexual (HAS)?
El hostigamiento y acoso sexual se refiere a cualquier conducta de connotación sexual no deseada que vulnera la dignidad, la intimidad y el derecho de una persona a decidir sobre su propio cuerpo. Estas conductas pueden ser verbales, no verbales o físicas, e incluyen comportamientos degradantes, avances sexuales no bienvenidos y coerción sexual, donde se utiliza la promesa de recompensas o amenazas para forzar la participación en actividades sexuales.
LAS MANIFESTACIONES DEL HAS, MÁS COMUNES EN EL CONTEXTO EDUCATIVO, SON:
No verbales presenciales:
- Miradas persistentes o sugestivas
- Sonidos relacionados con actividad sexual (suspiros, silbidos)
- Gestos de carácter sexual.
Verbales presenciales:
- Comentarios, palabras o chistes sexuales y ofensivos
- Comentarios sobre el cuerpo o apariencia de una persona
- Referencias para avergonzar (ciclos reproductivos, cuerpo)
Extorsión, amenazas y ofrecimientos:
- Exigencias de pasar tiempo en privado (p.ej. en oficinas)
- Proporciones o promesas de beneficios a cambio de favores sexuales
- Amenazas o trabas administrativas ante la negativa de aceptar propuestas
Digitales:
- Mensajes o correos con insinuaciones o contenido sexual
- Amenazas o difusión de material sexual
- Obligación a ver pornografía
Se deben considerar 3 claves para entender el H.A.S.
a. Conducta de Naturaleza Sexual
- El HAS involucra el cuerpo, la sexualidad o la intimidad de una persona.
- Las formas de violencia o discriminación, como la homofobia, el agobio o el maltrato en el ámbito laboral, no se consideran acoso sexual, aunque pueden ser manifestaciones de otros tipos de abuso o discriminación.
b. No es Consentido
- Toda interacción íntima debe basarse en un consentimiento claro y afirmativo.
- El silencio o la falta de resistencia NO son señales de consentimiento.
- Las relaciones en situaciones de desigualdad de poder, como entre estudiantes y docentes, pueden involucrar coacción.
c. Impacto Negativo en la Víctima
- El acoso sexual afecta la salud emocional, relaciones familiares, y rendimiento académico de las víctimas.
Puede perjudicar el entorno de aprendizaje y trabajo, dañando el desarrollo personal y profesional.
COMO IDENTIFICAR, SI ESTÁS SIENDO VÍCTIMA DEL HOSTIGAMIENTO O ACOSO SEXUAL EN TU UNIVERSIDAD
Existen algunos comportamientos o actitudes que son puestos en práctica, por aquellas personas (docente, ayudante, compañero) que pueden estar realizando algún tipo de Hostigamiento o Acoso Sexual hacia tu persona. ¡Recuerda, no estás sola!!!
Ten cuidado con el comportamiento de ciertas personas, no es normal:
NORMATIVA JURÍDICA EN BOLIVIA
En Bolivia el Hostigamiento y Acoso Sexual, se consideran tipificados en el Art.312 (Título XI, Delitos contra la libertad sexual, Capítulo I) del Código Penal boliviano.
ARTÍCULO 312 quater. (ACOSO SEXUAL).
- La persona que valiéndose de una posición jerárquica o poder de cualquier índole hostigue, persiga, exija, apremie, amenace con producirle un daño o perjuicio cualquiera, condicione la obtención de un beneficio u obligue por cualquier medio a otra persona a mantener una relación o realizar actos o tener comportamientos de contenido sexual que de otra forma no serían consentidos, para su beneficio o de una tercera persona, será sancionada con privación de libertad de cuatro (4) a ocho (8) años.
- Si la exigencia, solicitud o imposición fuera ejercida por un servidor público en el ámbito de la relación jerárquica que ostenta, será destituido de su cargo y la pena será agravada en un tercio.
LEY INTEGRAL PARA GARANTIZAR A LAS MUJERES UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA – LEY 348